Unade las reformas legislativas de mayor repercusi贸n pr谩ctica en los 煤ltimos tiempos, ha sido la del art铆culo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, precepto que regula la duraci贸n de la fase de instrucci贸n penal, con la instauraci贸n de un sistema de plazos. Con la primera gran reforma de este precepto, por Ley 41/2015
Lareforma incorporada por la Ley 41/2015, de 5 de octubre, de modifi caci贸n de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para la agilizaci贸n de la justicia penal y el fortalecimiento de Modificaci贸nrealizada (757) por Ley 38/2002, de 24 de octubre, de reforma parcial de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, sobre procedimiento para el enjuiciamiento r谩pido e Losprocedimientos especiales penales previstos en la LECRIM se encuentran detallados en el Libro IV de la citada norma. Temas. Y O No Pr贸ximo. Acerca de operadores l贸gicos. 910 606 406 Soporte. Inicio. Jurisprudencia. Legislaci贸n. Resoluciones Dentro del Libro IV de la Ley de Enjuiciamiento Criminaloctubrede 1879, redactara y publicara una Ley de Enjuiciamiento Criminal; conform谩ndome con lo propuesto por el Ministro de Gra - cia y Justicia, de acuerdo con el parecer de mi Consejo de Ministros. Vengo en decretar lo siguiente: Art铆culo 1.潞 Se aprueba el adjunto proyecto de C贸digo de Enjuiciamiento Cri - minal redactado con
Apartado3.潞 del art铆culo 14 redactado por el n煤mero 2 de la disposici贸n adicional tercera de la Ley 38/2002, de 24 de octubre, de reforma parcial de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, sobre procedimiento para el enjuiciamiento r谩pido e inmediato de determinados delitos y faltas, y de modificaci贸n del procedimiento abreviado SxFouN.